Al tramitar la nacionalidad española en el CE de Miami en el 2009, a parte de los formularios requeridos, presenté certificados de matrimonio y defunción de mis abuelos (ambos emitidos por las autoridades cubanas) así como una carta emitida por el MINREX donde constaba que mi abuelo nunca se había nacionalizado cubano y otra carta donde decía que no se había registrado en Inmigración y Extranjería de Cuba.
La funcionaria me abrió el expediente que actualmente está “en tramite” pero me ha sido imposible conseguir prueba del registro de mi abuelo como extranjero tanto a nivel provincial como nacional.
Teniendo ésto en cuenta, mis preguntas son las siguientes:
¿No son pruebas suficientes de la residencia de mi abuelo en Cuba sus certificados de matrimonio y defunción?
¿Qué otra prueba podría presentar como tal?
Agradecería cualquier sugerencia.
Valga añadir que a todos mis primos residentes en Cuba les han otorgado la nacionalidad utilizando las mismas cartas y los mismos documentos!
El CE en Miami me pidió prueba de residencia de mi abuelo en Cuba.
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Re: El CE en Miami me pidió prueba de residencia de mi abuelo en Cuba.
Creame, usted no esta sola. Por culpa del Consulado de Miami hay muchos en su misma situacion y otras en peores, por una u otra razon. En el Consulado de Miami son expertos y especialistas en poner muchas pegas para todo. Especialmente si se trata de personas nacidas en Cuba. No se si es debido a que en Miami y en el Sur de la Florida residen mas de dos millones de cubano-americanos, la mayoria de ellos descendientes directos de espanoles por sus padres y/o abuelos, y por tanto acuden masivamente a ese Consulado para optar por la nacionalidad. Y por ende el personal del Consulado se siente abrumado por el exceso de trabajo, a lo que ellos no estan acostumbrados.
Tambien es posible que los miembros del equipo de ese Consulado de Miami sean xenofobos, como muchos en Espana, que despectivamente llaman a todos los iberoamericanos "SUDACAS". Otra cosa a tomar en cuenta es que la Sra. Consul General de Miami Da. Maria Cristina Barrios Almazor es precisamente la hermana del Sr. Consul General de La Habana D. Pablo Barros Almazor. Se podria suponer que como "la Consul de Miami es quien recibe las solicitudes de opcion de los cubanos de la Florida, y su hermano el Consul de La Habana es quien califica las solicitudes procedentes del Consulado de Miami (su hermana)", hayan llegado a algun tipo de acuerdo "secreto entre hermanitos", para ponerle las cosas mas que dificiles a los cubanos y a todo el mundo, y por tanto obstaculizarle el camino a la nacionalidad espanola. Hay que descartar todas las hipotesis para poder llegar a una conclusion. No queda de otra. Enviar las quejas a la pagina web de "Hijos y Nietos de Espanoles" (http://www.hyne.com.ar), y a la pagina de Parainmigrantes.com .
La Consul y su equipo de trabajo simplemente deberian aceptar su solicitud de opcion y enviarla junto con su documentacion al Consul de La Habana, que es quien, en definitiva, va a calificar su solicitud de opcion a la nacionalidad, por haber nacido usted en Cuba. El Consulado de Miami no tiene competencia para aprobar o denegar su solicitud de opcion. Asimismo, es el deber del Registro Civil Consular, el de la Consul de Miami y el de su equipo levantar el acta de opción, como ordena el art 226 RRC. (“Las declaraciones de voluntad relativas a la nacionalidad o a la vecindad y la renuncia y el juramento o promesa exigidos serán admitidos por el Encargado del Registro aunque no se presente documento alguno, siempre que resulte de la declaración la concurrencia de los requisitos exigidos, pero sólo podrá practicarse la inscripción si se justifican previamente los requisitos para la adquisición, modificación o conservación”).
Lo que deberia usted hacer es hacerle una carta a la Sra. Consul de Miami Da. Maria Cristina Barrios Almazor, y pedirle que envíe su solicitud a su hermano y colega el Cónsul en La Habana. Pidale que le brinde constancia de la entrega de su solicitud y de los documentos que usted adjunta, tal como ordenan las reglas de procedimiento administrativo, en particular la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Digale a la Consul de Miami, por escrito (por carta certificada con acuse de recibo), que si a todos sus primos ya le han otorgado la nacionalidad en el Consulado de La Habana, con los mismos documentos que usted ha presentado, por que ella no ha querido enviar su solicitud al Consulado de la Habana para que la califiquen, y que le responda por escrito. Suerte!!!!!
Tambien es posible que los miembros del equipo de ese Consulado de Miami sean xenofobos, como muchos en Espana, que despectivamente llaman a todos los iberoamericanos "SUDACAS". Otra cosa a tomar en cuenta es que la Sra. Consul General de Miami Da. Maria Cristina Barrios Almazor es precisamente la hermana del Sr. Consul General de La Habana D. Pablo Barros Almazor. Se podria suponer que como "la Consul de Miami es quien recibe las solicitudes de opcion de los cubanos de la Florida, y su hermano el Consul de La Habana es quien califica las solicitudes procedentes del Consulado de Miami (su hermana)", hayan llegado a algun tipo de acuerdo "secreto entre hermanitos", para ponerle las cosas mas que dificiles a los cubanos y a todo el mundo, y por tanto obstaculizarle el camino a la nacionalidad espanola. Hay que descartar todas las hipotesis para poder llegar a una conclusion. No queda de otra. Enviar las quejas a la pagina web de "Hijos y Nietos de Espanoles" (http://www.hyne.com.ar), y a la pagina de Parainmigrantes.com .
La Consul y su equipo de trabajo simplemente deberian aceptar su solicitud de opcion y enviarla junto con su documentacion al Consul de La Habana, que es quien, en definitiva, va a calificar su solicitud de opcion a la nacionalidad, por haber nacido usted en Cuba. El Consulado de Miami no tiene competencia para aprobar o denegar su solicitud de opcion. Asimismo, es el deber del Registro Civil Consular, el de la Consul de Miami y el de su equipo levantar el acta de opción, como ordena el art 226 RRC. (“Las declaraciones de voluntad relativas a la nacionalidad o a la vecindad y la renuncia y el juramento o promesa exigidos serán admitidos por el Encargado del Registro aunque no se presente documento alguno, siempre que resulte de la declaración la concurrencia de los requisitos exigidos, pero sólo podrá practicarse la inscripción si se justifican previamente los requisitos para la adquisición, modificación o conservación”).
Lo que deberia usted hacer es hacerle una carta a la Sra. Consul de Miami Da. Maria Cristina Barrios Almazor, y pedirle que envíe su solicitud a su hermano y colega el Cónsul en La Habana. Pidale que le brinde constancia de la entrega de su solicitud y de los documentos que usted adjunta, tal como ordenan las reglas de procedimiento administrativo, en particular la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con la modificaciones introducidas por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Digale a la Consul de Miami, por escrito (por carta certificada con acuse de recibo), que si a todos sus primos ya le han otorgado la nacionalidad en el Consulado de La Habana, con los mismos documentos que usted ha presentado, por que ella no ha querido enviar su solicitud al Consulado de la Habana para que la califiquen, y que le responda por escrito. Suerte!!!!!
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