mundo escribió:Muy sencillo:
Porque el optante ya manifestó su voluntad de ser español cumpliendo los requisitos de promesa o juramento de fidelidad al Jefe del Estado, renunciando o no a su anterior nacionalidad, mientras que el español de origen no ha expresado en ningún momento esa voluntad.
En la mayoría de los casos fueron los padres quienes manifestaron su voluntad de que el menor obtuviera la nacionalidad por opción.
Lo que no parece lógico es que esté eximido de manifestar su voluntad de conservarla
luego de emanciparse, mientras que aquel que tuvo la mala suerte de nacer español sí debe de hacerlo, incluso aunque sus padres hayan decidido en su momento inscribirlo en el registro civil para que disfrutara de todos los beneficios de ser un español de origen, de segunda clase, nacido en el extranjero.
Tampoco entiendo por qué se discrimina entre segunda y tercera generación. Será para evitar que se perpetúen estirpes de españoles en el extranjero, limitando el ius sanguinis, mientras que por otro lado se aplica el ius soli en forma residual. Residual...término apropiado para la legislación española sobre nacionalidad.
-- 11/Jul/2012, 12:51 --
mundo escribió:Muy sencillo:
Porque el optante ya manifestó su voluntad de ser español cumpliendo los requisitos de promesa o juramento de fidelidad al Jefe del Estado, renunciando o no a su anterior nacionalidad, mientras que el español de origen no ha expresado en ningún momento esa voluntad.
Por otra parte, una cosa es que
un extranjero declare su voluntad de OBTENER la nacionalidad y luego de emancipado no se le exija la declaración, y otra muy diferente es que a alguien que YA es español se le exija
una declaración para evitar PERDER la nacionalidad que ostenta.