AUDENCIA RESERVADA CONSULADO CASABLANCA - TIEMPO DE ESPERA
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Dexterphys
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AUDENCIA RESERVADA CONSULADO CASABLANCA - TIEMPO DE ESPERA
Hola a todos,
Estoy tramitando un matrimonio civil mixto (yo español residente en España y mi pareja marroquí residente en Marruecos) a través del Registro Civil de Logroño. Según el procedimiento, cuando el expediente esté avanzado, ella tendrá que hacer la audiencia reservada en el Consulado de España en Casablanca.
Me gustaría saber si alguien que haya pasado recientemente por este proceso puede contarme cuánto tiempo suele tardar el consulado en citar para la audiencia desde que reciben el expediente desde España.
He leído que depende bastante del volumen de trabajo, pero agradecería referencias recientes: ¿se trata de semanas, meses…? ¿Y cómo se comunican con la persona, por correo electrónico o por teléfono?
También estaba pensando si quizá era mejor que mi pareja solicitase la visa y tramitar el matrimonio civil ante notario presencialmente aquí en mi localidad.
Gracias de antemano por cualquier información actualizada que podáis compartir.
Un saludo
Estoy tramitando un matrimonio civil mixto (yo español residente en España y mi pareja marroquí residente en Marruecos) a través del Registro Civil de Logroño. Según el procedimiento, cuando el expediente esté avanzado, ella tendrá que hacer la audiencia reservada en el Consulado de España en Casablanca.
Me gustaría saber si alguien que haya pasado recientemente por este proceso puede contarme cuánto tiempo suele tardar el consulado en citar para la audiencia desde que reciben el expediente desde España.
He leído que depende bastante del volumen de trabajo, pero agradecería referencias recientes: ¿se trata de semanas, meses…? ¿Y cómo se comunican con la persona, por correo electrónico o por teléfono?
También estaba pensando si quizá era mejor que mi pareja solicitase la visa y tramitar el matrimonio civil ante notario presencialmente aquí en mi localidad.
Gracias de antemano por cualquier información actualizada que podáis compartir.
Un saludo
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Rodolfo IV
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Re: AUDENCIA RESERVADA CONSULADO CASABLANCA - TIEMPO DE ESPERA
Tienes que demostrar una relación estable debidamente probada en tu caso.Dexterphys escribió: ↑29 Oct 2025, 11:48También estaba pensando si quizá era mejor que mi pareja solicitase la visa y tramitar el matrimonio civil ante notario presencialmente aquí en mi localidad.
Autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española
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Dexterphys
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Re: AUDENCIA RESERVADA CONSULADO CASABLANCA - TIEMPO DE ESPERA
Dado que no convivimos juntos permanentemente puesto que ella no puede entrar en España legalmente, descarté esa opción. Estaba pensando en que intentase pedir una visa schengen para tal propósito pero no sé. La poca información (nula, más bien) que aporta el consulado de casablanca en ambos caminos hace muy difícil decantarse por una elección u otra sin conocer testimonios directos de otras personas.Rodolfo IV escribió: ↑30 Oct 2025, 11:53Tienes que demostrar una relación estable debidamente probada en tu caso.
Autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española
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Rodolfo IV
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Re: AUDENCIA RESERVADA CONSULADO CASABLANCA - TIEMPO DE ESPERA
Si puedes demostrar que es una relación "real" no tendrás problemas, pero me temo que la fiscalización será estricta, para el visado y en todo caso creo que te convendría reagruparla, pero vamos, es el mismo filtro y dependerá de que en definitiva no es "fraude de ley"Dexterphys escribió: ↑31 Oct 2025, 01:16Estaba pensando en que intentase pedir una visa schengen para tal propósito pero no sé
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Emmaan
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Re: AUDENCIA RESERVADA CONSULADO CASABLANCA - TIEMPO DE ESPERA
Buenas tardes, siento darte esta respuesta pero el tiempo de espera es de mas de un año.Dexterphys escribió: ↑29 Oct 2025, 11:48 Hola a todos,
Estoy tramitando un matrimonio civil mixto (yo español residente en España y mi pareja marroquí residente en Marruecos) a través del Registro Civil de Logroño. Según el procedimiento, cuando el expediente esté avanzado, ella tendrá que hacer la audiencia reservada en el Consulado de España en Casablanca.
Me gustaría saber si alguien que haya pasado recientemente por este proceso puede contarme cuánto tiempo suele tardar el consulado en citar para la audiencia desde que reciben el expediente desde España.
He leído que depende bastante del volumen de trabajo, pero agradecería referencias recientes: ¿se trata de semanas, meses…? ¿Y cómo se comunican con la persona, por correo electrónico o por teléfono?
También estaba pensando si quizá era mejor que mi pareja solicitase la visa y tramitar el matrimonio civil ante notario presencialmente aquí en mi localidad.
Gracias de antemano por cualquier información actualizada que podáis compartir.
Un saludo
En mi caso se presentó la documentación necesaria en el registro español y ni siquiera lo enviaron a Casablanca hasta 3 meses después porque no les dio la gana y ponian la excusa de.. " intenta que venga como turista" cuando les dije por activa y por pasiva que NO puede obtener visado Schengen al no tener un contrato de trabajo legal en marruecos. (En marruecos si no eres medico, ingeniero, etc.. olvidate del contrato)
A lo qué después de marearnos, la embajada nos citó para audiencia reservada mas de un año después, y aun ni siquiera tenemos la respuesta para un matrimonio por poderes.
Lo siento
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Rodolfo IV
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Re: AUDENCIA RESERVADA CONSULADO CASABLANCA - TIEMPO DE ESPERA
Por pareja estable ahora se puede solicitar visado de familiar de español, claro que hay que demostrarlo.
https://www.inclusion.gob.es/web/migrac ... d-espanola
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Emmaan
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Re: AUDENCIA RESERVADA CONSULADO CASABLANCA - TIEMPO DE ESPERA
Visado de familiar? Pareja estable registrada querras decir!
No hay visado para novios o prometidos! Esto no es EEUU.
No hay visado para novios o prometidos! Esto no es EEUU.
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Rodolfo IV
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Re: AUDENCIA RESERVADA CONSULADO CASABLANCA - TIEMPO DE ESPERA
Ni siquiera te leíste el punto 4 pues, por pareja estable, se refiere a la NO registrada
pareja registrada o pareja estable siempre y cuando esta también resida o vaya a residir en España
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Emmaan
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Re: AUDENCIA RESERVADA CONSULADO CASABLANCA - TIEMPO DE ESPERA
Para obtener una "visa" (permiso de residencia) como pareja de hecho en España, necesitas formalizar tu unión, ya sea por notario o registro autonómico, demostrar una convivencia estable (a veces con requisito de 1 año o hijos en común si no hay registro previo) y probar medios económicos y cobertura sanitaria para solicitar la autorización de residencia como familiar de ciudadano de la UE si tu pareja es española o europea, permitiéndote vivir y trabajar en España.
Requisitos Generales
Registro de la Unión: Formalizar la pareja de hecho mediante escritura notarial (más rápido) o registro de la Comunidad Autónoma, que suele exigir empadronamiento conjunto y convivencia demostrada.
No estar Casados: No se puede estar casado con otra persona.
No ser Familiares: No tener parentesco cercano.
Requisitos para la Residencia (si tu pareja es Ciudadano UE/Español)
Registro de la Unión: Aportar el certificado de inscripción como pareja de hecho.
Medios Económicos: Demostrar que la pareja tiene fondos suficientes (aprox. 627€/mes o 8779€/año) mediante contrato de trabajo, medios bancarios, etc.
Cobertura Sanitaria: Tener cobertura sanitaria completa (Seguridad Social o seguro privado).
Documentación:
Pasaporte en vigor del solicitante.
DNI/Certificado de Registro de Ciudadano de la UE de tu pareja.
Casos Especiales
Sin Registro Previo: Si no estáis registrados, se puede obtener la residencia si se demuestra convivencia continuada de al menos 1 año o si hay hijos en común.
Parejas Homosexuales/Heterosexuales: Ambos tipos de uniones son válidas.
Proceso
Constituir la pareja de hecho: (notario o registro autonómico).
Solicitar la Tarjeta de Residencia: como familiar de ciudadano de la UE en la Oficina de Extranjería correspondiente, presentando toda la documentación y demostrando medios económicos y sanitarios.
-Me puedes explicar, alma de cántaro. Como va a registrar una pareja estable que viven cada uno en un país y uno de ellos no puede entrar en españa??.
Como van a acreditar convivencia si cada uno vive en una parte del mundo?.
Si crees que una embajada de España en marruecos va a dar un visado a un marroquí por decir "somos novios hace dos años" estás muy equivocado. Al contrario, lo que hacen es poner mil impedimentos y burlarse para que el morito no vaya a españa.
Repito, España concretamente no tiene visado de prometidos como EEUU
Requisitos Generales
Registro de la Unión: Formalizar la pareja de hecho mediante escritura notarial (más rápido) o registro de la Comunidad Autónoma, que suele exigir empadronamiento conjunto y convivencia demostrada.
No estar Casados: No se puede estar casado con otra persona.
No ser Familiares: No tener parentesco cercano.
Requisitos para la Residencia (si tu pareja es Ciudadano UE/Español)
Registro de la Unión: Aportar el certificado de inscripción como pareja de hecho.
Medios Económicos: Demostrar que la pareja tiene fondos suficientes (aprox. 627€/mes o 8779€/año) mediante contrato de trabajo, medios bancarios, etc.
Cobertura Sanitaria: Tener cobertura sanitaria completa (Seguridad Social o seguro privado).
Documentación:
Pasaporte en vigor del solicitante.
DNI/Certificado de Registro de Ciudadano de la UE de tu pareja.
Casos Especiales
Sin Registro Previo: Si no estáis registrados, se puede obtener la residencia si se demuestra convivencia continuada de al menos 1 año o si hay hijos en común.
Parejas Homosexuales/Heterosexuales: Ambos tipos de uniones son válidas.
Proceso
Constituir la pareja de hecho: (notario o registro autonómico).
Solicitar la Tarjeta de Residencia: como familiar de ciudadano de la UE en la Oficina de Extranjería correspondiente, presentando toda la documentación y demostrando medios económicos y sanitarios.
-Me puedes explicar, alma de cántaro. Como va a registrar una pareja estable que viven cada uno en un país y uno de ellos no puede entrar en españa??.
Como van a acreditar convivencia si cada uno vive en una parte del mundo?.
Si crees que una embajada de España en marruecos va a dar un visado a un marroquí por decir "somos novios hace dos años" estás muy equivocado. Al contrario, lo que hacen es poner mil impedimentos y burlarse para que el morito no vaya a españa.
Repito, España concretamente no tiene visado de prometidos como EEUU
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Rodolfo IV
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Re: AUDENCIA RESERVADA CONSULADO CASABLANCA - TIEMPO DE ESPERA
Yo no creo, no dejo de creer nada y tu comentario de tinte político corre por tu cuenta.
Evidentemente, nada conoces del nuevo reglamento de extranjería y ni siquiera te lees la página del propio Consulado
https://www.exteriores.gob.es/Consulado ... a%c3%b1ola
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