¿Son mis hijos (bisnietos de emigrantes) españoles de origen?
Publicado: 02 Jun 2011, 11:30
Hola, les cuento mi caso, mi abuela y abuelo llegaron a Argentina desde España casados, en argentina tuvieron varios hijos entre ellos mi madre.
Dado que nunca optaron por la ciudadania argentina , mi madre nacio española de origen (ASI FIGURA EN MI PARTIDA DE NACIMIENTO ESPAÑOLA), aunque nunca fue inscrita,
Ahora bien, mi madre nunca se caso, (así consta en mi partida de nacimiento española, que fue otorgada por ley de memoria historica, cuando dice "MATRIMONIO DE LOS PADRES NO CONSTA", aunque si, mi padre me dio su apellido.
Ahora bien , mi pregunta es la siguiente: Si mi madre nunca se casó, no perdió la nacionalidad española de origen, la cual me transmitio al nacer
Si es asi, al nacer yo era española de origen y al haberme casado con un argentino en el año 1982, luego de la constitucion del 78, ¿mis hijos nacidos con posterioridad serían españoles de origen ?
Si es asi, ¿por qué motivo ellos no pueden optar a la ciudania española de origen?, segun dice la ley, dado que como yo opte por ley de memoria historica apartado 1, no estuvieron bajo la patria potestad de un español (opte hace poco tiempo), cuando en realidad si estuvieron?
gracias por su tiempo, es que en realidad no comprendo ciertas cosas y me gustaria que alguien me lo aclarara, un saludo
Dado que nunca optaron por la ciudadania argentina , mi madre nacio española de origen (ASI FIGURA EN MI PARTIDA DE NACIMIENTO ESPAÑOLA), aunque nunca fue inscrita,
Ahora bien, mi madre nunca se caso, (así consta en mi partida de nacimiento española, que fue otorgada por ley de memoria historica, cuando dice "MATRIMONIO DE LOS PADRES NO CONSTA", aunque si, mi padre me dio su apellido.
Ahora bien , mi pregunta es la siguiente: Si mi madre nunca se casó, no perdió la nacionalidad española de origen, la cual me transmitio al nacer
Si es asi, al nacer yo era española de origen y al haberme casado con un argentino en el año 1982, luego de la constitucion del 78, ¿mis hijos nacidos con posterioridad serían españoles de origen ?
Si es asi, ¿por qué motivo ellos no pueden optar a la ciudania española de origen?, segun dice la ley, dado que como yo opte por ley de memoria historica apartado 1, no estuvieron bajo la patria potestad de un español (opte hace poco tiempo), cuando en realidad si estuvieron?
gracias por su tiempo, es que en realidad no comprendo ciertas cosas y me gustaria que alguien me lo aclarara, un saludo