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Consulta tramitación exequatur a distancia

Publicado: 17 Nov 2015, 15:27
por chelis
Hola,
Nosotros estamos en Argentina intentando realizar el exequatur de divorcio en España (mi novio se casó en Argentina, anotó su matrimonio en España y luego se divorció en Argentina).
El problema es que ya van dos abogados que nos han recomendado diferentes amigos españoles, y ni llegamos a enviarles los papeles que nos dejan de contestar y no logramos comenzar el trámite.
Estamos considerando tramitarlo por medio de algunos de esos estudios que se presentan como especialistas en exequatur, como alguno de los siguientes

http://www.exequatur-divorcio.es/?gclid ... kQodoM4E5Q
http://www.exequaturdivorcio.com/html/e ... orcio.html
http://www.tuexequatur.com/espanol/informacion/
http://www.tuabogadodefensor.com/exequatur-de-divorcio/
http://www.abogadosvila.com/extranjeria ... -en-espana

Alguien tiene alguna idea de si alguno de estas firmas son serias o tiene alguna recomendación para conseguir abogado que nos pueda llevar adelante este trámite? Tenemos desde Mayo los papeles reunidos y apostillados y no encontramos como presentar.

Muchas gracias!
Marcela

Re: Consulta tramitación exequatur a distancia

Publicado: 17 Nov 2015, 20:12
por kárbiko
Si tenéis un amigo de confianza en España, que tu novio haga un poder notarial en Argentina a favor de esa persona para que le pueda representar en el proceso de presentar un exequátur ante la Justicia española.
Lo apostillas y se lo mandas a tu amigo y que sea él el que contrate a un abogado para hacer el trámite.
Mándale también un certificado del acta de ese matrimonio de tu novio.

Cuando esté finalizado, el Juzgado que lleva ese procedimiento remitirá al RC Central la documentación para que procedan a hacer la inscripción marginal de divorcio en el acta del matrimonio.

Una vez tenga un certificado de ese acta con la marginal de divorcio, que os la remita y ya la podréis presentar para contraer matrimonio ahí.

Plazo: aproximadamente un año ±, porque va a depender del tiempo que tarde el Juzgado de Primera Instancia al que le toque tramitarlo y luego unos 3-4 meses que tarda el RC Central...

Y como -la mayoría de - los de Instancia ya están señalando vistas para el último trimestre del año 2016, pues cuanto antes lo mandes antes empezará....