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Inscripción de matrimonio celebrado en consulado
Publicado: 21 Jul 2012, 11:23
por aidarf
Si una vez obtenida la capacidad matrimonial en el RC de España para poder celebrar el matrimonio (él extranjero residente en USA y yo española), nos queremos casar en USA en el consulado español, éste ¿realizaría de oficio la inscripción del matrimonio allí celebrado, actuando como RC, o esta inscripción sería "provisional", en tanto no se hiciese efectiva en el RC de España, demorándose el procedimiento de inscripción?
Y una vez celebrado el matrimonio en el consulado, ¿puede ya mi novio solicitar el visado para España, sin tener que esperar a que esta inscripción de matrimonio sea "trasladada" a España?
¿Cuál es el plazo que conceden los RC para poder celebrar el matrimonio una vez conceden la capacidad matrimonial?
Queremos casarnos allí porque lo de hacerlo en España por poderes me parece muy frío y triste, pero tampoco me gustaría que se demorase demasiado el que podamos estar juntos aquí en España.
Gracias por vuestra ayuda.
-- 23/Jul/2012, 16:23 --
Otra opción para mi caso sería casarnos allí en Nueva York, sin tramitar una capacidad matrimonial.
¿Sería válido para nuestro caso el matrimonio en España o es necesario solicitar una capacidad matrimonial?
Re: Inscripción de matrimonio celebrado en consulado
Publicado: 28 Jul 2012, 00:00
por talej
Hola, Aidarf:
Empiezo por el final: podríais casaros en EEUU por cualquier método que allí esté reconocido (en Las Vegas, con un oficiante disfrazado de Elvis Preley, por ejemplo), pero cuando quieras inscribirlo en el Consulado correspondiente os harán las entrevistas etc. para evitar un matrimonio "blanco".
Los Consulados funcionan como un RC de España, tienen los mismos libros para inscribir nacimientos, matrimonios, muertes... solo que en su caso luego envían copia de todo al Registro Civil Central (no es un "traslado"). En algunos países, por no permitirlo la legislación local, no se pueden celebrar matrimonios en el Consulado español. Pero en la mayoría (incluido EEUU) es el Cónsul el que oficia, como Encargado del RC.
Num: 3.102 - Matrimonio de españoles autorizado por el Encargado del Registro Civil Consular. Madrid, 25 de septiembre de 1987. 25-09-1987
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS CONSULARES, REGISTRO CIVIL
Cada día, con más frecuencia, españoles residentes en España hacen uso de la posibilidad que ofrece el artículo 250 del Reglamento del Registro Civil solicitando, en el escrito inicial o durante la tramitación del expediente, que la prestación del consentimiento matrimonial se realice, por delegación del Instructor, ante el Encargado de un Registro Civil Consular, que deberá limitarse a autorizar el matrimonio y extender la inscripción en su Registro Civil.
La prestación del consentimiento de los contrayentes se efectuará, de acuerdo con lo que disponen los artículos 57 y 58, ante V. como Encargado del Registro Civil.
El Encargado del Registro Civil Consular, después de leídos los artículos 66, 67 y 68 del Código Civil, preguntará a cada uno de los contrayentes si consienten en contraer matrimonio y sólo en el caso de respuesta afirmativa declarará que quedan unidos en matrimonio.
Este acto debe celebrarse en el despacho del Jefe de puesto, ante la Bandera de España y retrato de Su Majestad el Rey, con debida solemnidad.
El acto se celebrará con la dignidad que requiere la ocasión y deberá V. dirigir unas palabras de felicitación a los contrayentes.
El Subsecretario,
Fernando Perpiñá-Robert Peyra.
Re: Inscripción de matrimonio celebrado en consulado
Publicado: 27 Sep 2012, 11:14
por aidarf
Gracias, tenemos pensado casarnos en Nueva York, para luego inscribir el matrimonio en el consulado, pero parece ser que yo deberé realizar la audiencia reservada en mi RC, aquí en España, y mi novio en el consulado. Al haberme sido rechazada en este mismo RC al que pertenezco una solicitud de matrimonio anteriormente, siendo recurrida y vuelta a denegar (aún aportando evidentes pruebas de la relación, etc), considero que el mismo RC puede volver a oponerse a nuestra pretensión.
No entiendo que no podamos hacer los dos las audiencias conjuntas en el consulado ¿por qué complican tanto el proceso?
Re: Inscripción de matrimonio celebrado en consulado
Publicado: 30 Sep 2012, 13:30
por talej
¿Y por qué no podríais hacer los dos la entrevista en el Consulado si tú estás allí? Lo que dice la ley es que la audiencia del contrayente que no esté en el RC que tramita el expediente podrá realizarse en el de su domicilio... es decir, se supone que se pretende facilitar los trámites a las personas a las que les resulte difícil desplazarse, como debería ser.
Re: Inscripción de matrimonio celebrado en consulado
Publicado: 01 Oct 2012, 17:10
por aidarf
El problema está en que, según ellos, soy yo la que debo iniciar el expediente en España, dicen que no puedo iniciarlo en el consulado. Pero él, al no poder estar aquí debe realizar la entrevista en el consulado, insisten en que los dos juntos no.
Re: Inscripción de matrimonio celebrado en consulado
Publicado: 01 Oct 2012, 23:52
por Javier2749c
Imagino que obtener residencia en Estados Unidos para lograr inscribirte como residente en la demarcación del consulado es complicado.
Re: Inscripción de matrimonio celebrado en consulado
Publicado: 03 Oct 2012, 00:08
por talej
Pero es que tú no necesitas ser residente.- Con que lo sea tu novio, vale,...
Por favor, llévales copia de lo que dice la ley (y que ya deberían conocer).
Tú no puedes iniciar el expediente en el Consulado, ni tu novio en España, pero cualquiera de los dos puede iniciarlo en su lugar de residencia.
Los Consulados se empeñan en no querer hacer las cosas, pero si insistes no les queda más remedio.
¡Y claro que pueden hacer las entrevista a los dos! No juntos en el sentido de "al mismo tiempo" pero sí en el mismo lugar y con la misma persona, exactamente igual a como se haría aquí si tu novio pudiera venir.