Opción ejercida en 1994 siendo menor, padre fallecido en 1996 - dudas sobre Art. 24 (no uso)
Publicado: 03 Ago 2026, 04:11
Hola a todos,
Escribo desde Egipto y agradecería mucho la orientación de quienes hayan pasado por una situación similar.
Mi situación:
- Nací en 1989 en Madrid.
- Mi padre obtuvo la nacionalidad española en marzo de 1992.
- Mi padre ejerció la opción a la nacionalidad española en mi nombre (Art. 20 CC) en octubre de 1994, cuando yo tenía 5 años. La inscripción quedó registrada en el Registro Civil español.
- Mi padre falleció en septiembre de 1996, cuando yo tenía 7 años.
- Después de esto, crecí en Egipto y nunca he usado ni ejercido la nacionalidad española de forma activa (sin DNI, sin pasaporte español, sin residencia en España).
Actualmente estoy en contacto con la Embajada de España para formalizar y actualizar mi documentación. La embajada ha planteado dudas relacionadas con el Art. 24 CC (posible pérdida por no uso de la nacionalidad). Ya he enviado toda la documentación de respaldo (partida de nacimiento española, certificado de defunción de mi padre, Libro de Familia, etc.).
Mis preguntas:
1. ¿Alguien ha pasado por un caso similar (opción ejercida siendo menor de edad, con el progenitor español fallecido poco después, y formalización posterior ya de adulto)?
2. ¿Cómo se suele resolver la cuestión del Art. 24 en estos casos, dado que la opción se ejerció correctamente y de forma documentada mientras el menor estaba bajo patria potestad?
3. ¿Cuánto tiempo suele tardar la embajada en responder tras enviar la documentación adicional?
4. ¿Hay algún documento adicional que suelan pedir en estos casos que no sea obvio desde el principio?
Muchas gracias de antemano por cualquier orientación u opinión basada en experiencia real.
Un saludo.
Escribo desde Egipto y agradecería mucho la orientación de quienes hayan pasado por una situación similar.
Mi situación:
- Nací en 1989 en Madrid.
- Mi padre obtuvo la nacionalidad española en marzo de 1992.
- Mi padre ejerció la opción a la nacionalidad española en mi nombre (Art. 20 CC) en octubre de 1994, cuando yo tenía 5 años. La inscripción quedó registrada en el Registro Civil español.
- Mi padre falleció en septiembre de 1996, cuando yo tenía 7 años.
- Después de esto, crecí en Egipto y nunca he usado ni ejercido la nacionalidad española de forma activa (sin DNI, sin pasaporte español, sin residencia en España).
Actualmente estoy en contacto con la Embajada de España para formalizar y actualizar mi documentación. La embajada ha planteado dudas relacionadas con el Art. 24 CC (posible pérdida por no uso de la nacionalidad). Ya he enviado toda la documentación de respaldo (partida de nacimiento española, certificado de defunción de mi padre, Libro de Familia, etc.).
Mis preguntas:
1. ¿Alguien ha pasado por un caso similar (opción ejercida siendo menor de edad, con el progenitor español fallecido poco después, y formalización posterior ya de adulto)?
2. ¿Cómo se suele resolver la cuestión del Art. 24 en estos casos, dado que la opción se ejerció correctamente y de forma documentada mientras el menor estaba bajo patria potestad?
3. ¿Cuánto tiempo suele tardar la embajada en responder tras enviar la documentación adicional?
4. ¿Hay algún documento adicional que suelan pedir en estos casos que no sea obvio desde el principio?
Muchas gracias de antemano por cualquier orientación u opinión basada en experiencia real.
Un saludo.