Página 1 de 1

Recuperacion de Nacionalidad Post Mortem

Publicado: 07 Ago 2025, 17:52
por ibiza1900
Hola. Mi madre y yo tenemos la nacionalidad española por residencia. Mi bisabuelos nacieron en El Hierro, Canarias, y mi abuelo nacio en Cuba en 1900 durante la ocupacion militar. El nacio español de origen. Logre inscribirlo en el Registro Civil Central post mortem en el año 2017. Presente muchisimos documentos incluyendo la firma de mi bisabuelo en el archivo Nacional de La Habana dictado por el Tratado de Paris donde el optaba por conservar su nacionalidad española. Todo esto ocurrio en el 1900 cuando nacio mi abuelo.

El problema ocurre en el 1932 cuando mi abuelo se caso con mi abuela (tambien hija de español), En esa epoca habia una dictadura (Gerardo Machado) en Cuba que le daba una fuerte preferencia en los trabajos (un mandato que el 50% de los trabajadores tenian que ser de nacionalidad cubana). Por esa razon, mi abuelo se vio obligado a renunciar su nacionalidad española y optar por la cubana aunque no queria. Hay muchos articulos y escritos sobre todos los hispanocubanos que fueron dañados por estas leyes ultranacionalistas. Mi abuelo estuvo muy mal asesorado, asi como estuvieron miles de hispanocubanos en esa epoca.

Mi pregunta es la siguiente, si mi madre presenta una declaracion jurada en frente de un notario, ¿pudieran revocar esta perdida de nacionalidad? Mi madre ya tiene la nacionalidad por residencia, pero la que debia tener es la nacionalidad de origen y por ende sus descendientes. Gracias por su ayuda.

Re: Recuperacion de Nacionalidad Post Mortem

Publicado: 07 Ago 2025, 23:05
por Rodolfo IV
Lo más simple sería que tu madre opte por anexo 1 DA8 LMD sea por su padre, si en la nota marginal del RCC de Madrid figura que "don Jose" perdió la nacionalidad en fecha tal, tú podrías hacer lo propio, optar por anexo 1 por ser nieto de español originario si se cumple lo anterior, claro que ella también podría hacerlo por su abuelo por anexo 1 por ser nieta de originariamente español, pero si ese fuera el caso tú no podrías, pues deberías esperar a que ella obtenga nacionalidad de origen y no te daría tiempo de optar por anexo 3 siendo que en España no permiten encadenar los expedientes, si tu madre nació luego de antes de 1932 probablemente pueda recuperar la nacionalidad española y ya, pero eso deberías especificarlo y dependiera de la nota marginal que te mencione