

Fuerza, los funcionarios ya estan de vacaciones e nosotros aqui a esperar. !!!





Viva la playa!!
Maria |
---|
bcndianis |
---|
Maria |
---|
Seedorf |
---|
lamonda2011 |
---|
Seedorf |
---|
Seedorf |
---|
Seedorf |
---|
Seedorf |
---|
J3sUSdaN |
---|
Seedorf |
---|
wtf?Hola de nuevo chicos..Habia leido en un comentario que alguien que tenga permiso de larga duración CE,puede que se la deniegen la nacionalidad ,eso es cierto???
Gracias por contestarme chicos..
lamonda2011 |
---|
lamonda2011 |
---|
Vito |
---|
lamonda2011 |
---|
Raulitop7 |
---|
Comunicación al Registro Central de Extranjeros de los cambios y alteraciones de situación.
Los extranjeros autorizados a permanecer en España estarán obligados a poner en conocimiento de la Oficina de Extranjería o de la Comisaría de Policía correspondientes al lugar donde residan o permanezcan los cambios de nacionalidad, de domicilio habitual y de estado civil. Dicha comunicación deberá realizarse en el plazo máximo de un mes desde que se produjese el cambio o modificación y deberá ir acompañada de los documentos que acrediten dichos cambios.
J3sUSdaN |
---|
J3sUSdaN |
---|
J3sUSdaN |
---|