Hola a todos:
Mi caso es el siguiente. Para poder optar a la nacionalidad por LMH tuve que inscribir a mi madre fuera de plazo. En el RCCentral de Madrid hicieron la inscripción y me dieron una partida de nacimiento española de mi madre (ya fallecida). Con eso pude optar yo por el Anexo I y hace unos meses me dieron la nacionalidad.
Ahora bien, mi hermana vive en Venezuela y quiere optar a la nacionalidad. En el caso de ella sería Anexo I pero mi pregunta es: ¿La partida de nacimiento española de mi madre que me dieron en el RC sirve para que ella pueda hacer ese trámite? Mi pregunta surge porque en ninguna parte de la partida de nacimiento sale que la nacionalidad de mi madre es por opción o por recuperación.
En el apartado de observaciones que aparece debajo de la partida, justo antes de las firmas, señala lo siguiente:
"La inscrita perdió la nacionalidad española en fecha tres de julio de 1948, por dependencia familiar (el padre de la inscrita optó en dicha fecha por la nacionalidad cubana)".
Mi abuelo perdió la nacionalidad española cinco años después de que mi madre naciera.
¿Le sirve a mi hermana esa partida? Lo digo para no tener que entrega toda la documentación de mi abuelo.
Muchas gracias.
Partida de nacimiento española
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Re: Partida de nacimiento española
Ciertamente que le sirve esa partida. Incluso sería innecesario (en teoría) que presentara otros documentos como los certificados de la DIE de Cuba.
Tu madre nunca recuperó la nacionalidad por lo que mal podría tener una inscripción de recuperación al margen. Tampoco optó por lo cual no hay inscripción de opción. Queda claro que fue española de origen porque en dicha inscripción consta que nació de padre de nacionalidad española.
Tu madre nunca recuperó la nacionalidad por lo que mal podría tener una inscripción de recuperación al margen. Tampoco optó por lo cual no hay inscripción de opción. Queda claro que fue española de origen porque en dicha inscripción consta que nació de padre de nacionalidad española.
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Re: Partida de nacimiento española
Y además de constar que nació de padre español, está aclarado que perdió luego la nacionalidad por dependencia familiar.
No hay ninguna duda que tu madre fue una persona originariamente española y tu hermana puede optar.
Además, si en tu inscripción de nacimiento consta el número de legajo (expediente) correspondiente a tu solicitud, tu hermana puede solicitar que recurran al mismo si fuera necesario para no reiterar documentos que ya están en poder de la Administración.
No hay ninguna duda que tu madre fue una persona originariamente española y tu hermana puede optar.
Además, si en tu inscripción de nacimiento consta el número de legajo (expediente) correspondiente a tu solicitud, tu hermana puede solicitar que recurran al mismo si fuera necesario para no reiterar documentos que ya están en poder de la Administración.
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