Hola a todos,
Escribo desde Egipto y agradecería mucho la orientación de quienes hayan pasado por una situación similar.
Mi situación:
- Nací en 1989 en Madrid.
- Mi padre obtuvo la nacionalidad española en marzo de 1992.
- Mi padre ejerció la opción a la nacionalidad española en mi nombre (Art. 20 CC) en octubre de 1994, cuando yo tenía 5 años. La inscripción quedó registrada en el Registro Civil español.
- Mi padre falleció en septiembre de 1996, cuando yo tenía 7 años.
- Después de esto, crecí en Egipto y nunca he usado ni ejercido la nacionalidad española de forma activa (sin DNI, sin pasaporte español, sin residencia en España).
Actualmente estoy en contacto con la Embajada de España para formalizar y actualizar mi documentación. La embajada ha planteado dudas relacionadas con el Art. 24 CC (posible pérdida por no uso de la nacionalidad). Ya he enviado toda la documentación de respaldo (partida de nacimiento española, certificado de defunción de mi padre, Libro de Familia, etc.).
Mis preguntas:
1. ¿Alguien ha pasado por un caso similar (opción ejercida siendo menor de edad, con el progenitor español fallecido poco después, y formalización posterior ya de adulto)?
2. ¿Cómo se suele resolver la cuestión del Art. 24 en estos casos, dado que la opción se ejerció correctamente y de forma documentada mientras el menor estaba bajo patria potestad?
3. ¿Cuánto tiempo suele tardar la embajada en responder tras enviar la documentación adicional?
4. ¿Hay algún documento adicional que suelan pedir en estos casos que no sea obvio desde el principio?
Muchas gracias de antemano por cualquier orientación u opinión basada en experiencia real.
Un saludo.
Opción ejercida en 1994 siendo menor, padre fallecido en 1996 - dudas sobre Art. 24 (no uso)
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Mrblack
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kárbiko
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Re: Opción ejercida en 1994 siendo menor, padre fallecido en 1996 - dudas sobre Art. 24 (no uso)
Hola
Paso tu mensaje a la sección de pérdida, dado que la pregunta va sobre si se ha producido la misma o mantienes la nacionalidad.
Estás en el caso de la pérdida por el artículo 24.1º del código civil, al no ser español de origen.
Adquiriste una nacionalidad por opción en una fecha determinada y a partir de ese momento eres español, pero no de nacimiento aunque hayas nacido en España.
Y, como al emanciparte residías en Egipto, (país del que también eres nacional), entonces disponías de 3 años (hasta antes de cumplir los 21) para bien manifestar que querías conservar la nacionalidad española o bien para mantener vigente la documentación española.
Al no hacer ninguna de las 2, perdiste la nacionalidad al cumplir los 21.
Tiene ahora la posibilidad de recuperar lo que perdiste, cumpliendo los requisitos del art. 26 del Código Civil:
Unos 4-6 meses para tener la tarjeta y luego ir al RC.. Pide cita en el RC al mismo tiempo que haces la TIEy de haber fechas, asígnatela para pasados más de esos 6 meses y .. a esperar que tengas la TIE para esa fecha..
Suerte.
Paso tu mensaje a la sección de pérdida, dado que la pregunta va sobre si se ha producido la misma o mantienes la nacionalidad.
Estás en el caso de la pérdida por el artículo 24.1º del código civil, al no ser español de origen.
Adquiriste una nacionalidad por opción en una fecha determinada y a partir de ese momento eres español, pero no de nacimiento aunque hayas nacido en España.
Y, como al emanciparte residías en Egipto, (país del que también eres nacional), entonces disponías de 3 años (hasta antes de cumplir los 21) para bien manifestar que querías conservar la nacionalidad española o bien para mantener vigente la documentación española.
Al no hacer ninguna de las 2, perdiste la nacionalidad al cumplir los 21.
Tiene ahora la posibilidad de recuperar lo que perdiste, cumpliendo los requisitos del art. 26 del Código Civil:
- Residir legalmente en España (para lo que tienes que obtener la Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE)
- Acudir a un registro civil cuando la tengas y manifestar tu deseo de recuperar la nacionalidad
- Que esa declaración se añada a tu inscripción de nacimiento
Unos 4-6 meses para tener la tarjeta y luego ir al RC.. Pide cita en el RC al mismo tiempo que haces la TIEy de haber fechas, asígnatela para pasados más de esos 6 meses y .. a esperar que tengas la TIE para esa fecha..
Suerte.
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Mrblack
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Re: Opción ejercida en 1994 siendo menor, padre fallecido en 1996 - dudas sobre Art. 24 (no uso)
Muchísimas gracias por tu respuesta tan detallada, ha sido de gran ayuda para entender mi situación.
Tengo dos preguntas adicionales, si no es molestia:
Sobre el tiempo de estancia necesario: necesito hacer una planificación seria de mi vida (organizar mi residencia, mi trabajo desde Egipto, y mi situación familiar), por lo que me gustaría saber, de forma realista, ¿cuánto tiempo tendría que instalarme y vivir en España, desde que llego con la visa hasta que finalmente recupero la nacionalidad? Con toda mi documentación ya reunida (partida de nacimiento española, certificado de defunción de mi padre, Libro de Familia), ¿qué margen de tiempo debería prever para organizar bien mis asuntos?
Sobre el tipo de visado: dado que necesito entrar a España para poder solicitar la TIE, ¿qué tipo de visado recomendarías para mi caso (no lucrativa, estudiante, u otra), considerando que tengo ingresos estables desde Egipto y no necesito trabajar en España?
Te agradezco mucho el tiempo que le has dedicado a esto. Un saludo.
Tengo dos preguntas adicionales, si no es molestia:
Sobre el tiempo de estancia necesario: necesito hacer una planificación seria de mi vida (organizar mi residencia, mi trabajo desde Egipto, y mi situación familiar), por lo que me gustaría saber, de forma realista, ¿cuánto tiempo tendría que instalarme y vivir en España, desde que llego con la visa hasta que finalmente recupero la nacionalidad? Con toda mi documentación ya reunida (partida de nacimiento española, certificado de defunción de mi padre, Libro de Familia), ¿qué margen de tiempo debería prever para organizar bien mis asuntos?
Sobre el tipo de visado: dado que necesito entrar a España para poder solicitar la TIE, ¿qué tipo de visado recomendarías para mi caso (no lucrativa, estudiante, u otra), considerando que tengo ingresos estables desde Egipto y no necesito trabajar en España?
Te agradezco mucho el tiempo que le has dedicado a esto. Un saludo.
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