Hipotética futura Ley Orgánica que modifique artículos del CC, endurecimiento requisitos Nacionalidad por Residencia

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majojana
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Hipotética futura Ley Orgánica que modifique artículos del CC, endurecimiento requisitos Nacionalidad por Residencia

Mensaje por majojana »

Buenas tardes,

En este foro ya se ha discutido que según el texto actual del Artículo 23 b) del Código Civil, al jurar la Constitución Española un ciudadano que no sea Iberoamericano, Guineano, etc; debe simplemente "declarar la renuncia a la nacionalidad anterior" y que actualmente la Dirección General de Registros del Notariado lo interpreta como "una mera declaración formal de renuncia" de la nacionalidad anterior.

Sin embargo, en el futuro este artículo del CC y otros artículos respecto a la Nacionalidad española se podrían modificar, aquí un ejemplo de cómo el grupo parlamentario VOX el año pasado ya presentó un proyecto de ley e intentó crear una Ley Orgánica para modificar varios artículos del Código Penal y alguno también del Código Penal:

Se puede leer el proyecto de ley completo en PDF:
https://www.voxespana.es/grupo_parlamen ... a-20240201



Yo destaco que VOX quiere modificar (entre otros artículos) en el CC: Que el periodo de residencia necesario en España sea de 10 a 15 años para obtener la Nacionalidad española, y también modificar el artículo 23 b) del CC, quedando (según su propia proposición de ley) el texto del artículo así:

"23 b) : Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. En este supuesto el interesado deberá presentar en el expediente de concesión un documento público expedido por las autoridades de su país de origen que certifique la pérdida de su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de países mencionados en el apartado 1 del artículo 24 y los sefardíes originarios de España. "


En este caso en concreto en el año 2024, la proposición de ley fue rechazada ampliamente en el Congreso de los Diputados.
Pero en un futuro hipotético puede que Vox o cualquier otro partido político tuviera el suficiente apoyo parlamentario y consiguiera aprobar una Ley Orgánica que reformase artículos clave del CC respecto a la obtención de la Nacionalidad española por residencia, como por ejemplo cambiar el artículo 23 b), y añadir al contenido del artículo que no sólo se debe "declarar la renuncia", sino que además se debe "presentar documentación del país de origen que pruebe haber hecha efectiva la renuncia".

Está claro que si se aprobara y entrase en vigor dicha hipotética y futura Ley Orgánica, desde la fecha de entrada en vigor de la Ley los nuevos solicitantes para nacionalidad española por residencia se verían inevitablemente afectados por dicha ley, pero qué pasaría con aquellos ciudadanos que ya obtuvieron (en el pasado) con fecha anterior a la entrada de dicha Ley Orgánica la Nacionalidad española por residencia con los requisitos que exigía la vieja Ley / viejos artículos del CC, y simplemente en aquel entonces tuvieron que "declarar la renuncia " de su nacionalidad de origen?
También se verían obligados a hacer efectiva la renuncia de su nacionalidad de origen? Qué pasaría si se negasen a hacer efectiva la renuncia a su nacionalidad de origen ya que no es algo que se les pidió que tuvieran que hacer en el momento que obtuvieron la Nacionalidad por residencia en el pasado?

Gracias, un cordial saludo.
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Rodolfo IV
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Re: Hipotética futura Ley Orgánica que modifique artículos del CC, endurecimiento requisitos Nacionalidad por Residencia

Mensaje por Rodolfo IV »

majojana escribió: 04 Oct 2025, 18:05pero qué pasaría con aquellos ciudadanos que ya obtuvieron (en el pasado) con fecha anterior a la entrada de dicha Ley Orgánica la Nacionalidad española por residencia con los requisitos que exigía la vieja Ley / viejos artículos del CC, y simplemente en aquel entonces tuvieron que "declarar la renuncia " de su nacionalidad de origen?
Nada pasaría, pues no se aplicaría en forma retroactiva.

Es muy disparatado proponer una "renuncia efectiva a la nacionalidad de origen" siendo que bien sabemos que la mayoría de países no permiten eso a sus nacionales originarios, pues nacionalidades como la argentina, marroquí, etc son de "alianza perpetua/irrenunciables" wallbash
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