<![CDATA[www.fororegistrocivil.es]]> https://www.fororegistrocivil.es Wed, 08 Jul 2026 19:33:22 +0000 Smartfeed extension for phpBB admin@fororegistrocivil.es https://www.fororegistrocivil.es/styles/proflat/theme/images/site_logo.png <![CDATA[www.fororegistrocivil.es]]> https://www.fororegistrocivil.es es Wed, 08 Jul 2026 19:33:22 +0000 60 <![CDATA[Bienvenida y Presentaciones :: Hola :: Autor LadyUl]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=12&t=11415&p=105669#p105669 Llevo dos meses investigando la genealogía de mi familia por parte española y, sinceramente, no avanzo mucho porque no siempre entiendo cómo están organizados los registros según las regiones; son cosas complicadas de desentrañar cuando uno no está acostumbrado.
Lo que me interesa especialmente es cómo funcionaban los registros civiles antes de 1900, sobre todo las anotaciones marginales que a veces aparecen en las partidas de nacimiento...
Hay anotaciones que se me escapan por completo y me gustaría entender a qué se refieren realmente.

En fin, me alegro de haber encontrado este sitio, estoy deseando leer vuestras aportaciones y avanzar un poco en mi investigación con vuestra ayuda.]]>
no_email@example.com (LadyUl) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=12&t=11415&p=105669#p105669 Tue, 30 Jun 2026 12:33:39 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=12&t=11415&p=105669#p105669
<![CDATA[Bienvenida y Presentaciones :: Re: Hola :: Reply by kárbiko]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=12&t=11415&p=105671#p105671 ¿Qué ejemplo de marginal es la que no entiendes qué significa? Normalmente en esa fecha lo que tienen es la referencia al nombre del inscrito, a veces incluyendo referencia también a la zona del municipio de donde proceden...
Esos datos no tienen más validez que la de ayudar a una búsqueda rápida cuando se buscaba hoja por hoja, página a página...
Y en caso de que haya divergencia entre lo que dice ahí y el contenido de la parte principal, la validez es la de este última.

De la época (antes de 19120 más o menos) pocas notas más puedes encontrar, salvo las que indicaban el fallecimiento del inscrito (muchos casos de niños fallecidos con muy poca edad)

¿Qué otras notas has encontrado que no entiendas?]]>
no_email@example.com (kárbiko) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=12&t=11415&p=105671#p105671 Wed, 01 Jul 2026 06:58:45 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=12&t=11415&p=105671#p105671
<![CDATA[Bienvenida y Presentaciones :: Re: Hola :: Reply by Rodolfo IV]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=12&t=11415&p=105673#p105673
LadyUl escribió: 30 Jun 2026, 14:33Hay anotaciones que se me escapan por completo y me gustaría entender a qué se refieren realmente.
Por lo general tienes las que apunto el compañero, las de perdida, recuperacion, ultimamente se estan dando bastantes de nacionalidad española por presuncion por la DA8 LMD...]]>
no_email@example.com (Rodolfo IV) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=12&t=11415&p=105673#p105673 Wed, 01 Jul 2026 14:05:28 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=12&t=11415&p=105673#p105673
<![CDATA[Problemas del Foro y Sugerencias :: Limpieza foro :: Autor ismaelresp]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=13&t=11414&p=105661#p105661
Como por ejemplo los que tienen modelos para pedir certificaciones puesto que el modelo es ahora un formulario web o lo rellena el propio funcionario del Registro Civil. No creo que ningún Registro Civil admita ya solicitudes por correo postal.]]>
no_email@example.com (ismaelresp) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=13&t=11414&p=105661#p105661 Fri, 26 Jun 2026 19:20:02 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=13&t=11414&p=105661#p105661
<![CDATA[Problemas del Foro y Sugerencias :: Re: Limpieza foro :: Reply by Rodolfo IV]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=13&t=11414&p=105670#p105670
https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudada ... presencial

Yo creo que algunos Juzgados de Paz de Almeria solo aceptaban ese tipo se solicitud al menos para DA8 Ley 20/2022.]]>
no_email@example.com (Rodolfo IV) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=13&t=11414&p=105670#p105670 Tue, 30 Jun 2026 12:50:09 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=13&t=11414&p=105670#p105670
<![CDATA[Dónde y Cómo solicitar Certificados de Nacimiento, Matrimonio o Defunción :: Re: Certificado de nacimiento en extracto con información incompleta :: Reply by ismaelresp]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=41&t=11376&p=105662#p105662 Nuevos enlaces al manual de DICIREG versión de DICIREG Spring 36.

Los otros se han roto.

Aquí encontré el manual de DICIREG:
https://cjusticia.gva.es/es/web/justici ... /381211539

Parte 1:
https://cjusticia.gva.es/documents/1931 ... 9096147078

Parte 2:
https://cjusticia.gva.es/documents/1931 ... 9096144685

Añado el link del trozo de manual para que sea mas fácil de descargar:
https://drive.google.com/file/d/1FcW9yZ ... 8f9Pu/view]]>
no_email@example.com (ismaelresp) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=41&t=11376&p=105662#p105662 Fri, 26 Jun 2026 19:58:40 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=41&t=11376&p=105662#p105662
<![CDATA[Ayuda para buscar a tus antepasados :: CERTIFICADO DEFUNCION CONOCIENDO SOLO EL NOMBRE Y AÑO DE NACIMIENTO :: Autor BJMASESORIA]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=77&t=11410&p=105642#p105642 Cualquier ayuda será bienvenida
Atentamente]]>
no_email@example.com (BJMASESORIA) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=77&t=11410&p=105642#p105642 Fri, 12 Jun 2026 09:55:15 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=77&t=11410&p=105642#p105642
<![CDATA[Ayuda para buscar a tus antepasados :: Re: Buscar Antepasados, con apellidos Sola Capdevila ó Sola Codol :: Reply by Tonysola101]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=77&t=7655&p=105643#p105643 no_email@example.com (Tonysola101) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=77&t=7655&p=105643#p105643 Sat, 13 Jun 2026 06:55:16 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=77&t=7655&p=105643#p105643 <![CDATA[Ayuda para buscar a tus antepasados :: Re: Buscar Antepasados, con apellidos Sola Capdevila ó Sola Codol :: Reply by Rodolfo IV]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=77&t=7655&p=105644#p105644
Tonysola101 escribió: 13 Jun 2026, 08:55Tal vez muy tarde pero por si te interesa
Escribele tambien por mensaje privado.]]>
no_email@example.com (Rodolfo IV) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=77&t=7655&p=105644#p105644 Mon, 15 Jun 2026 15:10:52 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=77&t=7655&p=105644#p105644
<![CDATA[Quiero casarme: Todo lo relativo al Matrimonio :: Re: CERTIFICADO ESTADO CIVIL CIUDADANOS DE LA REPUBLICA DE BELARUS :: Reply by Andres Duarte]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=5&t=11275&p=105639#p105639
Queria preguntarte, Tuviste algun progreso con este tramite?

saludos]]>
no_email@example.com (Andres Duarte) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=5&t=11275&p=105639#p105639 Thu, 11 Jun 2026 09:57:50 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=5&t=11275&p=105639#p105639
<![CDATA[Quiero casarme: Todo lo relativo al Matrimonio :: Re: Casablanca entrevista capacidad matrimonial :: Reply by Alexdusi]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=5&t=11282&p=105653#p105653 Me gustaría saber cuanto esta llevando para citar para la entrevista en el consulado de casablanca, además de cuanto tarda en total de tener la capacidad matrimonial.
Gracias.
Un saludo.]]>
no_email@example.com (Alexdusi) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=5&t=11282&p=105653#p105653 Wed, 24 Jun 2026 12:17:48 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=5&t=11282&p=105653#p105653
<![CDATA[Dudas Generales sobre Nacionalidad :: Apellidos de la madre en partida de nacimiento :: Autor rarmasm1]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=124&t=11408&p=105638#p105638
Me acaban de conceder la nacionalidad y al pedir cita en la página del Registro Civil de Aragón pone esto:

Si en el certificado de nacimiento del interesado no consta el apellido de soltera de su madre, deberá aportar la certificación de nacimiento y/o la de matrimonio de su madre, debidamente legalizada y traducida en su caso

He revisado mi certificado de nacimiento y en el aparece mi madre con sus apellidos de casada 🤦🏻‍♂️. Quisiera saber si realmente es obligatorio en este caso aportar el certificado de nacimiento de mi madre.
Gracias a quien me pueda responder esto]]>
no_email@example.com (rarmasm1) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=124&t=11408&p=105638#p105638 Wed, 10 Jun 2026 19:58:28 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=124&t=11408&p=105638#p105638
<![CDATA[Dudas Generales sobre Nacionalidad :: Re: Apellidos de la madre en partida de nacimiento :: Reply by kárbiko]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=124&t=11408&p=105641#p105641 Lo tiene en el certificado de nacimiento de ella, y también en el certificado de matrimonio, momento en el que pasó a tener como apellido el de su marido.

Los españoles tienen los apellidos de sus padre, pero el personal, no el "heredado" de su matrimonio.

Art. 194 del Reglamento escribió:Si la filiación está determinada por ambas líneas y a salvo la opción prevista en el artículo 109 del Código Civil, primer apellido de un español es el primero del padre y segundo apellido el primero de los personales de la madre, aunque sea extranjera.
]]>
no_email@example.com (kárbiko) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=124&t=11408&p=105641#p105641 Thu, 11 Jun 2026 22:01:42 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=124&t=11408&p=105641#p105641
<![CDATA[Dudas Generales sobre Nacionalidad :: Re: Apellidos de la madre en partida de nacimiento :: Reply by ramblero]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=124&t=11408&p=105648#p105648 no_email@example.com (ramblero) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=124&t=11408&p=105648#p105648 Thu, 18 Jun 2026 22:49:00 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=124&t=11408&p=105648#p105648 <![CDATA[¿Quienes son españoles de origen? :: Re: ¿Se obtiene la nacionalidad por cadena? :: Reply by ramblero]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=25&t=11407&p=105649#p105649
1. La vía "en cadena" convencional no es posible:
Como tu madre tiene 40 años, ya no está bajo la patria potestad de tu abuelo. Según el Código Civil regular, un padre español solo puede transmitirle la nacionalidad a su hijo si este es menor de edad. La cadena se rompe ahí.

2. La Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022):
Esta ley extraordinaria sí permitía a hijos y nietos mayores de edad obtener la nacionalidad. Sin embargo, el plazo expiró en octubre de 2025. Tu madre y tú solo pueden usar esta vía si lograron registrarse y obtener su cita (IDU) en el consulado antes de que cerrara el plazo.

3. La alternativa principal: Residencia de 1 año
Si no llegaron a tiempo para la ley anterior, hay un excelente "Plan B". Si pueden demostrar con documentos que tu bisabuelo o abuelo fue "originariamente español" (es decir, que el bisabuelo no se nacionalizó argentino antes de tener a tu abuelo), existe un atajo legal:

El Código Civil permite a los hijos y nietos de españoles de origen solicitar la nacionalidad tras residir legalmente solo un año en España (por ejemplo, con un visado de residencia o trabajo). No se puede hacer desde el país de origen, pero acelera el trámite enormemente si deciden emigrar.]]>
no_email@example.com (ramblero) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=25&t=11407&p=105649#p105649 Thu, 18 Jun 2026 22:53:23 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=25&t=11407&p=105649#p105649
<![CDATA[¿Quienes son españoles de origen? :: Re: ¿Se obtiene la nacionalidad por cadena? :: Reply by kárbiko]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=25&t=11407&p=105654#p105654 Una vez obtenido y resiendo ya legalmente entonces es otra cosa, que ya camina sóla...]]> no_email@example.com (kárbiko) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=25&t=11407&p=105654#p105654 Fri, 26 Jun 2026 07:10:39 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=25&t=11407&p=105654#p105654 <![CDATA[¿Quienes son españoles de origen? :: Re: ¿Se obtiene la nacionalidad por cadena? :: Reply by Rodolfo IV]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=25&t=11407&p=105659#p105659 no_email@example.com (Rodolfo IV) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=25&t=11407&p=105659#p105659 Fri, 26 Jun 2026 15:12:32 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=25&t=11407&p=105659#p105659 <![CDATA[Pérdida, Recuperación y Conservación de la nacionalidad española :: Re: Español retornado de Reino Unido que obtuvo ciudadanía británica :: Reply by NaveganteConrumbo]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11285&p=105646#p105646 no_email@example.com (NaveganteConrumbo) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11285&p=105646#p105646 Thu, 18 Jun 2026 14:50:31 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11285&p=105646#p105646 <![CDATA[Pérdida, Recuperación y Conservación de la nacionalidad española :: Ciudadanía británica, Registro Civil y consulado :: Autor NaveganteConrumbo]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105645#p105645
Espero que estéis bien. Soy español de nacimiento y llevo residiendo más de 6 años en Londres. He iniciado el proceso de naturalización para conseguir la ciudadanía británica. Agradecería que, por favor, me pudierais ayudar con unas dudas en cuanto a la conservación de la ciudadanía española.

Por motivos personales y porque nunca pensé que iba a estar tanto tiempo por aquí (ya que siempre he estado buscando trabajo en España), nunca decidí inscribirme en el consulado español en Londres. Mi idea es que, una vez me den el certificado de naturalización, pedir cita en el registro civil de Madrid para solicitar la conservación de la nacionalidad española (independientemente de si continúo viviendo en Londres o si encuentro trabajo y regreso a España)

Debido a mi situación, me surgen una serie de dudas:

Si no te inscribes en el consulado de España en Londres (ni como no residente ni como residente):
• ¿Existe algún problema para hacer el proceso de conservación de la nacionalidad española en el registro civil de Madrid?

• ¿Cuánto tiempo suele tardar el registro civil de Madrid en darte cita para hacer este trámite?

• ¿El paro en España se ve afectado? Si, por ejemplo, regresara a España sin trabajo, tengo entendido que al menos tengo que trabajar un día en España para tener derecho al paro. ¿Es esto cierto? ¿Depende el paro de la inscripción o no inscripción en el consulado de España? Creo que la única diferencia (entre estar inscrito y no inscrito) es que, al estar inscrito, el SEPE te pide la baja consular y el formulario U1 británico, mientras que si no estás inscrito solo tienes que presentar el U1.

• ¿Afectaría al subsidio para emigrantes retornados? He leído que Reino Unido no contaría como país dentro del acuerdo, por lo que no podría optar a este subsidio. ¿Alguna experiencia con esto?

• ¿Influye la no inscripción en el consulado en el Régimen Especial para Trabajadores Desplazados (Ley Beckham)?

Por otra parte, he pensado en darme de alta en el consulado de España en Londres, pero tengo entendido que:

• Al darte de alta como residente pierdes el empadronamiento en Madrid.
• Si te das de alta como no residente, tienes flexibilidad para hacer la conservación de la ciudadanía española tanto en Londres como en Madrid, pero corres el riesgo de que no quieran ayudarte en el consulado en Londres, ya que te deberías haber inscrito como residente.


Aprecio que son bastantes preguntas. Muchas gracias de antemano por vuestra ayuda y espero que esto pueda ayudar a más personas.

Muchas gracias,

Un navegante más]]>
no_email@example.com (NaveganteConrumbo) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105645#p105645 Thu, 18 Jun 2026 11:59:52 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105645#p105645
<![CDATA[Pérdida, Recuperación y Conservación de la nacionalidad española :: Re: Ciudadanía británica, Registro Civil y consulado :: Reply by kárbiko]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105655#p105655
NaveganteConrumbo escribió: 18 Jun 2026, 13:59Por motivos personales y porque ...nunca decidí inscribirme en el consulado español en Londres.
Alta de residente y de no residente
El Registro de Matrícula Consular (RMC) contempla dos tipos de inscripciones:

Como residente: Las personas de nacionalidad española que han establecido su residencia habitual en el extranjero deben inscribirse obligatoriamente como residentes en el Registro de Matrícula Consular.
Como ves, no es una opción, sino que hay una obligación.... desconocida por el personal...
https://www.exteriores.gob.es/Consulado ... +residente
NaveganteConrumbo escribió: 18 Jun 2026, 13:59una vez me den el certificado de naturalización, pedir cita en el registro civil de Madrid
...
• ¿Cuánto tiempo suele tardar el registro civil de Madrid en darte cita para hacer este trámite?
Hagamos un 2 en 1:
Te recomiendo contactar directamente con el servicio de nacionalidad del RC de Madrid, a través de su email, para ver cómo están haciendo con las citas, proque creo que cada departamento lleva las propias.

rcmadrid.nacionalidad@madrid.org
NaveganteConrumbo escribió: 18 Jun 2026, 13:59¿Existe algún problema para hacer el proceso de conservación de la nacionalidad española en el registro civil de Madrid?
Salvo que no serían competentes si no resides en España, y si se percatan podrían denegar el hacerlo para que lo pidas en el consular.
Y tienen maneras de averiguar si resides aquí y desde cuándo... (hay consultas con bases de datos de otros organismos, donde queda un registro histórico de tus actuaciones es intervenciones: hacienda, seguridad social, movimientos migratorios, sepe, etc, DGP, ...)

Recomendación: alta consular. Y cuando vuelvas, baja consular y alta en el municipio donde residas.]]>
no_email@example.com (kárbiko) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105655#p105655 Fri, 26 Jun 2026 07:22:04 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105655#p105655
<![CDATA[Pérdida, Recuperación y Conservación de la nacionalidad española :: Re: Ciudadanía británica, Registro Civil y consulado :: Reply by Rodolfo IV]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105658#p105658
Resolución 18 de noviembre de 2024 (16ª) III.5.1. Pérdida de la nacionalidad española
No procede la pérdida de la nacionalidad española por aplicación del artículo 24.1 del Código Civil.
En las actuaciones sobre pérdida de la nacionalidad española remitidas a este centro en trámite de recurso por virtud del entablado por la interesada, contra la resolución del encargado del Registro Civil del Consulado General de España en Londres (Reino Unido).

En el caso que da lugar a este recurso la interesada se encontraba en posesión de pasaporte español dentro del plazo de tres años previsto en el art. 24.1 CC, que le fue expedido el 21 de septiembre de 2015, con fecha de caducidad de 20 de septiembre de 2025. Aunque formalmente no declarara de manera expresa y directa su voluntad de conservar la nacionalidad española, hay que reconocer que la posesión de pasaporte debe ser tenida como tal, en atención a lo que significa habitual y socialmente en este ámbito la tenencia del pasaporte. Solo los españoles tienen derecho a que se les expida un pasaporte...
]]>
no_email@example.com (Rodolfo IV) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105658#p105658 Fri, 26 Jun 2026 13:55:23 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105658#p105658
<![CDATA[Pérdida, Recuperación y Conservación de la nacionalidad española :: Re: Ciudadanía británica, Registro Civil y consulado :: Reply by NaveganteConrumbo]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105665#p105665
kárbiko escribió: 26 Jun 2026, 09:22
NaveganteConrumbo escribió: 18 Jun 2026, 13:59Por motivos personales y porque ...nunca decidí inscribirme en el consulado español en Londres.
Alta de residente y de no residente
El Registro de Matrícula Consular (RMC) contempla dos tipos de inscripciones:

Como residente: Las personas de nacionalidad española que han establecido su residencia habitual en el extranjero deben inscribirse obligatoriamente como residentes en el Registro de Matrícula Consular.
Como ves, no es una opción, sino que hay una obligación.... desconocida por el personal...
https://www.exteriores.gob.es/Consulado ... +residente
NaveganteConrumbo escribió: 18 Jun 2026, 13:59una vez me den el certificado de naturalización, pedir cita en el registro civil de Madrid
...
• ¿Cuánto tiempo suele tardar el registro civil de Madrid en darte cita para hacer este trámite?
Hagamos un 2 en 1:
Te recomiendo contactar directamente con el servicio de nacionalidad del RC de Madrid, a través de su email, para ver cómo están haciendo con las citas, proque creo que cada departamento lleva las propias.

rcmadrid.nacionalidad@madrid.org
NaveganteConrumbo escribió: 18 Jun 2026, 13:59¿Existe algún problema para hacer el proceso de conservación de la nacionalidad española en el registro civil de Madrid?
Salvo que no serían competentes si no resides en España, y si se percatan podrían denegar el hacerlo para que lo pidas en el consular.
Y tienen maneras de averiguar si resides aquí y desde cuándo... (hay consultas con bases de datos de otros organismos, donde queda un registro histórico de tus actuaciones es intervenciones: hacienda, seguridad social, movimientos migratorios, sepe, etc, DGP, ...)

Recomendación: alta consular. Y cuando vuelvas, baja consular y alta en el municipio donde residas.
Hola Kárbiko, muchas gracias por tu mensaje y lo siento por la tardanza en contestarlo.

Nunca me inscribí al Consulado ya que nunca pensé que iba a estar tanto tiempo residiendo en Reino Unido y además me recomendaron no hacerlo porque entonces el tiempo que había estado empadronado en Madrid se perdería al darme de alta en el Consulado. De hecho, conozco muchos casos de residentes en Reino Unido que nunca se han inscrito en ningún consulado. Sólamente lo han hecho para poder pedir la conservación de la ciudadanía española desde allí. Además han hecho esto porque desconocían que se pudiera hacer en el Registro Civil al volverse.

Muchas gracias por compartir el correo. Les voy a escribir a ver qué me comentan. La cita la pediría una vez que sepa al 100% cuando voy a regresar a España. Una vez que haya regresado a España ¿Podría ir sin ningún problema al Registro Civil o se pueden negar a hacerlo ya que nunca me he dado de alta en el Consulado Español en Reino Unido? Entiendo que en España no se podrían negar a hacerlo, entiendo que es independiente.

Muchas gracias]]>
no_email@example.com (NaveganteConrumbo) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105665#p105665 Mon, 29 Jun 2026 14:45:01 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11411&p=105665#p105665
<![CDATA[Pérdida, Recuperación y Conservación de la nacionalidad española :: Conservación de la nacionalidad española desde España :: Autor NaveganteConrumbo]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105652#p105652
Espero que estén bien.

Por motivos personales, nunca me he dado de alta en el consulado español de Londres. Ahora mismo, me encuentro a la espera de la obtención de la ciudadanía británica.

He estado leyendo posts en este foro y parece ser que a veces el Registro Civil pone trabas en España o no están familiarizados con el proceso para conservar la nacionalidad española debido a que en teoría es un proceso a realizar sólamente por aquellas personas que se quedan residiendo en el extranjero. En mi caso, me gustaría hacer el proceso de conservación de la ciudadanía española (mis padres son ambos españoles y nacieron en España) en el Registro Civil de Madrid. El motivo por el que me gustaría hacer el proceso (aunque no vaya a continuar residiendo en el extranjero) es por si algún día decido volverme a ir a Reino Unido. No me gustaría que se me pasara el plazo de los 3 años.

¿Es esta opción viable? ¿Puede poner el Registro Civil alguna traba al no haber estado inscrito en el consulado español de Londres? Tengo entendido que el Registro Civil de Madrid debería de tramitar este proceso.

Gracias]]>
no_email@example.com (NaveganteConrumbo) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105652#p105652 Wed, 24 Jun 2026 11:19:38 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105652#p105652
<![CDATA[Pérdida, Recuperación y Conservación de la nacionalidad española :: Re: Conservación de la nacionalidad española desde España :: Reply by Rodolfo IV]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105664#p105664
NaveganteConrumbo escribió: 24 Jun 2026, 13:19He estado leyendo posts en este foro y parece ser que a veces el Registro Civil pone trabas en España o no están familiarizados con el proceso
Eso no lo haran lo que puede pasar es que te digan que no incurres en perdida si resides en spain pero de todas formas te daran un auto donde cosnte que se da por cumplida tu voluntad de conservar la nacionalidad Española presentar el recurso seria inutil porque los estan denegando,

En este grupo ya hay al menos un caso identico, RC de Villafranca de Prendes.]]>
no_email@example.com (Rodolfo IV) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105664#p105664 Sat, 27 Jun 2026 18:45:54 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105664#p105664
<![CDATA[Pérdida, Recuperación y Conservación de la nacionalidad española :: Re: Conservación de la nacionalidad española desde España :: Reply by NaveganteConrumbo]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105666#p105666
Claro, podrían decirme que se entiende tácitamente que quiero conservarla al volverme a España y residir en España. Sin embargo, el problema es que, si me volviera a ir (por ejemplo, después de dos años), entonces dudo que por residir dos años en España y luego volver a Reino Unido se pueda considerar tácitamente que no quiero perder la ciudadanía española.

¿A qué re refieres con que están denegando recursos?

Muchas gracias]]>
no_email@example.com (NaveganteConrumbo) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105666#p105666 Mon, 29 Jun 2026 14:49:18 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105666#p105666
<![CDATA[Pérdida, Recuperación y Conservación de la nacionalidad española :: Re: Conservación de la nacionalidad española desde España :: Reply by Rodolfo IV]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105668#p105668
NaveganteConrumbo escribió: 29 Jun 2026, 16:49¿A qué re refieres con que están denegando recursos?
Recurso administrativo ante la DGSJyFP si es que en España te deniegan la conservacion el encargado del RC, aunque si te van a recibir el tramite y como minimo dejar constancia que tu voluntad de conservar la nacionalidad española esta cumplida, entonces lo mejor es hacer la conservacion expresa dentro de los 3 años de haber obteniada la britanica, en España te empadronas y haces el tramite, en UK te das de alta en la matricula Consular.

Te envie mensaje privado
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no_email@example.com (Rodolfo IV) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105668#p105668 Tue, 30 Jun 2026 12:27:12 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=184&t=11413&p=105668#p105668
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: Fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by Pieri_VR]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=105651#p105651
ivettgarcia escribió: 26 May 2026, 15:49 Hola, yo estoy en la misma situación que usted. Mi expediente es de abril de 2025; lo presenté en Granada y logré obtener mi número de expediente en septiembre de 2025. Mi número de expediente es el 0049***/2025 y desde entonces siempre me ha aparecido el mismo estado: “Pendiente de tramitar”.
Ya, realmente es frustrante la demora... Ojalá que al haber terminado la ley en oct-25, aumente la velocidad en la resolución de casos 🤞🏼]]>
no_email@example.com (Pieri_VR) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=105651#p105651 Mon, 22 Jun 2026 12:30:56 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=105651#p105651
<![CDATA[Nacionalidad por la Ley de Memoria DEMOCRÁTICA :: Re: Fases por las que pasan los expediente de Nacionalidad por Ley de memoria democrática en el RC CENTRAL :: Reply by Rodolfo IV]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=105657#p105657
Pieri_VR escribió: 22 Jun 2026, 14:30aumente la velocidad en la resolución de casos
Va igual desafortunadamente, o sea hay casos de 2024 sin resolucion me refiero a los anexo 3...]]>
no_email@example.com (Rodolfo IV) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=105657#p105657 Fri, 26 Jun 2026 13:40:40 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=193&t=10958&p=105657#p105657
<![CDATA[ADOPCIONES :: ¿Se puede hacer tramite de adoptacion de apellido online? :: Autor ramblero]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=171&t=11412&p=105650#p105650 Su hija vino tambien hace bastantes años , ha estudiado aquí etc, me pregunta si el tramite de que adopte su apellido lo puede hacer a través de Internet y si tiene algun coste y cuanto tiempo duraría, gracais]]> no_email@example.com (ramblero) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=171&t=11412&p=105650#p105650 Sun, 21 Jun 2026 14:39:40 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=171&t=11412&p=105650#p105650 <![CDATA[ADOPCIONES :: Re: ¿Se puede hacer tramite de adoptacion de apellido online? :: Reply by kárbiko]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=171&t=11412&p=105656#p105656 Así que si está interesado, que consulte con un abogado.]]> no_email@example.com (kárbiko) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=171&t=11412&p=105656#p105656 Fri, 26 Jun 2026 07:25:31 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=171&t=11412&p=105656#p105656 <![CDATA[ADOPCIONES :: Re: ¿Se puede hacer tramite de adoptacion de apellido online? :: Reply by Rodolfo IV]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=171&t=11412&p=105660#p105660
ramblero escribió: 21 Jun 2026, 16:39Su hija vino tambien hace bastantes años
Si fuera en Navarra bastaria que la reconozca como hija pero los mas probable es que siendo mayor tenga que adoptarla y luego optar por art 19.2 CC,
Artículo 19.
1. El extranjero menor de dieciocho años adoptado por un español adquiere, desde la adopción, la nacionalidad española de origen.

2. Si el adoptado es mayor de dieciocho años, podrá optar por la nacionalidad española de origen en el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

3. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1, si de acuerdo con el sistema jurídico del país de origen el menor adoptado mantiene su nacionalidad, ésta será reconocida también en España.
]]>
no_email@example.com (Rodolfo IV) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=171&t=11412&p=105660#p105660 Fri, 26 Jun 2026 15:16:49 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=171&t=11412&p=105660#p105660
<![CDATA[Otros Trámites en el RC :: Re: Unir mis dos apellidos para crear uno compuesto :: Reply by vilasispamos]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=121&t=10342&p=105667#p105667
Recupero este hilo con la esperanza que aun estén informados/interesados en el tema. A mí también me gustaría juntar mis dos apellidos, pero des del Registro Civil no se han mostrado muy predispuestos. ¿Saben si hay alguna novedad con respecto a la aplicación de la Ley 20/2011? Cualquier información que puedan darme, será de mi interés.

Muchas gracias de antemano y reciban un cordial saludo,

Júlia]]>
no_email@example.com (vilasispamos) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=121&t=10342&p=105667#p105667 Tue, 30 Jun 2026 11:23:59 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=121&t=10342&p=105667#p105667
<![CDATA[Otros Trámites en el RC :: Re: Unir mis dos apellidos para crear uno compuesto :: Reply by kárbiko]]> https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=121&t=10342&p=105672#p105672
Lo que hacemos es cumplir con los criterios del Ministerio, ya sea en la Ley, Reglamento, Instrucciones y conociendo las modificaciones o excepciones que autorice la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública en sus resoluciones...

En el libro de resoluciones de los meses de noviembre y diciembre de 2024 tiene varias sobre la pretensión de unir apellidos y la DG (el Ministerio, pues) deja claro los requisitos que deben cumplirse para que sea autorizado.
Puede buscar el libro en el enlace a las resoluciones (lo tiene en el portal de este foro, en la sección de enlaces) y buscar para que sepa qué es lo que la DG resuelve sobre el caso y donde indica qué requisitos ha de cumplir (o los que al no cumplirlos, suponen que no se autorice el cambio)

saludos]]>
no_email@example.com (kárbiko) https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=121&t=10342&p=105672#p105672 Wed, 01 Jul 2026 07:04:10 +0000 https://www.fororegistrocivil.es/viewtopic.php?f=121&t=10342&p=105672#p105672